La disputa involucra un proyecto financiado en 2024 por el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia
Una fuerte controversia jurídica y cultural se desató en el municipio de Támesis, al suroeste de Antioquia, en torno a la titularidad de los derechos de autor de la obra de arte rupestre e investigación indígena conocida como el «Diccionario de Petroglifos». Mientras la Alcaldía Municipal sostiene que el material es de su propiedad institucional, los investigadores y creadores de la obra argumentan que se trata de una producción intelectual preexistente protegida por la ley nacional.
La disputa involucra un proyecto financiado en 2024 por el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia (ICPA) por un valor de $25.000.000, denominado “Támesis, Resguardo de Petroglifos: Diseño Museográfico para la difusión de la memoria oral indígena y del conocimiento científico sobre el arte rupestre”.
De acuerdo con los documentos oficiales de la administración municipal de Támesis, los contenidos fueron elaborados bajo los contratos de prestación de servicios PS-196-2024 y PS-197-2024, suscritos en diciembre de 2024 con los ciudadanos John Esteban Ardila Espinosa y Juan Pablo Arteaga Peña, respectivamente.
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El Municipio argumenta que en dichos contratos se pactó de forma expresa que la propiedad intelectual y los derechos patrimoniales de todos los productos derivados correspondían a Támesis sin límites de tiempo ni territorio. Bajo esta premisa, la alcaldía asegura que la implementación del material en la obra urbana “Calle de las Mitológicas” y en el Diccionario para exhibición física —cuyo mobiliario e impresión en gran formato fueron contratados mediante la Empresa de Desarrollo Urbano y Rural de Támesis (EDUR)— constituye una actuación legalmente respaldada y no un uso arbitrario. Asimismo, defiende que las imágenes asociadas pertenecen al acervo institucional del municipio.
Por su parte, los investigadores controvierten la versión de la administración municipal amparándose en la legislación nacional de derechos de autor (Ley 23 de 1982), la cual estipula que la protección de una obra nace desde el momento mismo de su creación.
Los creadores demuestran que el Diccionario de Petroglifos es una obra preexistente a los contratos de diciembre, toda vez que cuenta con registro oficial ISBN, registro ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA No. 1-2026-111030) y registro en el Catálogo de la Biblioteca Nacional con fecha de publicación del 16 de noviembre de 2024.
Además, los afectados señalan que en la plataforma oficial del Estado, SECOP II, se dejó una aclaración explícita previa en la que se advierte que no se cedían los derechos sobre las obras preexistentes. Adjuntan además las actas de entrega del material donde constan las licencias de restricción de uso y derivación (visibles en las páginas legales de los ejemplares aportados), argumentando que el contrato aún no ha sido liquidado y que la propia Alcaldía les reconoció formalmente los créditos de autoría en las fichas del Museo.
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— Hora13 Noticias (@hora13noticias) June 25, 2026

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