Expertos explican cómo deben pagarle la Prima de Servicios
Llega una de las fechas más esperadas por los trabajadores colombianos, pues las empresas tendrán plazo hasta el próximo 30 de junio para hacer el pago de la Prima de Servicios.
Le contamos cómo se calcula y qué pasa si el empleador incumple con esta obligación. Aliste el bolsillo porque este mes le llegará más plata de lo habitual con la Prima de junio.
Según Esteban Manco, especialista en Derecho Laboral, “los empleadores en Colombia tienen como fecha límite para pagar esta Prima de Servicios a más tardar el 30 de junio del presente año y en ese sentido es un límite que no es posible modificar ni siquiera por voluntad de las partes”.
Pero y ¿cómo calculo cuál es el monto adicional que debo recibir?
“Se hará de acuerdo al número de días laborados, esto es: si trabajó los 365 días del año, tendrá la posibilidad de que el empleador pague 15 días de salario. (…) Y si el trabajador no laboró el año completo se hace a prorrata o ponderando esa situación por el número de días laborados, (…) se tendrán que tener en cuenta los factores salariales como el pago de horas extras, entre otros, para poder así fijar el salario base objeto de esa liquidación”, así lo explicó Manco.
Si el empleador no paga la Prima de Servicios en las fechas establecidas recibirá una sanción.
Esteban Manco señaló que el empleador “podrá ser sancionado por parte del Ministerio del Trabajo hasta con multas de 5 mil salarios mínimos, sin excluir la demanda ordinaria laboral que presentaría el trabajador ante los jueces laborales y reclamar así la indemnización moratoria de un día de salario por cada día de retraso”.
Los empleados que no reciben Prima de Servicio son quienes trabajan de manera independiente, los trabajadores temporales y los aprendices.
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— Hora13 Noticias (@hora13noticias) June 14, 2024