El Consejo de Estado ordena regular y limitar las alocuciones del presidente, argumentando que estás solo se debe usar para temas urgentes
El tribunal determinó que el mandatario ha hecho un uso excesivo de estos espacios.
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Consideran que el presidente ha usado estas alocuciones de forma tan seguida que está rompiendo el pluralismo informativo (es decir, que solo se escucha una versión de los hechos).
Ahora bien, según el Consejo de estado las alocuciones solo deben usarse para temas urgentes, de interés público o funciones específicas de la presidencia. No deben ser una práctica constante.
El Gobierno deberá informar previamente la hora exacta de inicio y fin de cada intervención.
El fallo ratifica que, aunque el presidente tiene el derecho de comunicarse con el país, este poder no es ilimitado y debe respetar el equilibrio informativo.

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