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    Colombia

    La lactancia no puede ser motivo de exclusión laboral: la nueva decisión de la Corte Constitucional

    14 mayo, 2026Katherine Meléndez
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    Foto: imagen de referencia.
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    La Sentencia ordenó el reintegro de una trabajadora desvinculada y sentó un precedente nacional sobre protección reforzada de maternidad y lactancia

    Un fallo de la Corte Constitucional de Colombia marcó un nuevo precedente en materia de derechos laborales y protección de la maternidad en el país. A través de la Sentencia T-014 de 2026, el alto tribunal estableció que la finalización de un contrato no puede utilizarse como argumento para desconocer los derechos fundamentales de mujeres que se encuentren en período de lactancia, incluso en contratos de prestación de servicios.

    La decisión tuvo origen en el denominado “Caso 01”, en el que una mujer vinculada mediante contrato de prestación de servicios fue desvinculada mientras se encontraba en período de lactancia, pese a haber acreditado médicamente dicha condición.

    La defensa jurídica del caso fue liderada por Carolina Tejada Guerrero, quien planteó que la no renovación del contrato no podía analizarse únicamente desde una perspectiva contractual, sino también desde un enfoque constitucional y de posible discriminación.

    “Desde el inicio entendí que no era un caso contractual ordinario, sino un caso de discriminación que exigía un análisis constitucional serio. Asumí este caso desde la estructuración jurídica integral, a partir de la no renovación del vínculo contractual de la accionante el 31 de enero de 2025, cuando se encontraba en período de lactancia y con soporte médico vigente”, afirmó Tejada.

    En su análisis, la Corte concluyó que la protección constitucional de la maternidad y la lactancia no desaparece automáticamente con el vencimiento formal de un contrato, y determinó que, cuando la lactancia continúa vigente y está debidamente acreditada, esa protección puede extenderse materialmente incluso hasta los dos años.

    Además, el alto tribunal dejó claro que la modalidad contractual no puede convertirse en una herramienta para desconocer garantías fundamentales, y advirtió que tanto entidades públicas como privadas deberán evaluar sus decisiones bajo criterios de igualdad, no discriminación y protección reforzada.

    Como parte de la decisión, la Corte revocó los fallos previos, ordenó el reintegro de la accionante, el pago de los honorarios dejados de percibir y la adopción de medidas orientadas a prevenir nuevas conductas discriminatorias.

    Para la defensa del caso, esta sentencia representa un cambio estructural en la interpretación del derecho laboral y constitucional en Colombia, especialmente en un contexto donde miles de mujeres trabajan bajo contratos de prestación de servicios.

    “La Sentencia T-014 de 2026 envía un mensaje contundente: la protección de la maternidad y la Lactancia Exclusiva es un mandato constitucional que obliga tanto al Estado como a los particulares”, destacó Carolina Tejada Guerrero.

    Con esta decisión, la Corte Constitucional de Colombia fija un precedente que podría impactar futuras decisiones laborales en todo el país y fortalecer la protección de mujeres en etapa de maternidad y lactancia.

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