El Consejo Superior Universitario de la Universidad de Antioquia aplazó para el próximo 24 de junio la elección del nuevo rector
El Consejo Superior Universitario (CSU) de la Universidad de Antioquia determinó, durante su sesión extraordinaria número 00008, postergar la elección del próximo rector de la institución de educación superior para el miércoles 24 de junio de 2026. La reunión de los consejeros se llevó a cabo en las instalaciones del Centro Administrativo Departamental de la Gobernación de Antioquia.
La decisión del máximo organismo de dirección de la Alma Máter se fundamentó en una revisión técnica de los cronogramas frente al marco normativo vigente. El cuerpo directivo identificó discrepancias en los plazos fijados por la Resolución Superior 00007 del 26 de marzo de 2026 en comparación con lo estipulado en el estatuto general de la universidad.
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De acuerdo con el Acuerdo Superior 023 del 10 de octubre de 1994, el periodo comprendido entre la inscripción formal de los aspirantes a la rectoría y el día de la designación final no puede ser inferior a un mes. Asimismo, la normativa exige que la verificación de requisitos y la publicación de las hojas de vida de los candidatos se realice con un margen de 20 días hábiles previos a la votación.
En el actual proceso de selección, la corporación evidenció que solo se habían completado 12 días hábiles de difusión pública de los perfiles de los postulantes, lo que motivó el aplazamiento para garantizar el estricto cumplimiento de los términos legales establecidos.
El próximo miércoles 24 de junio de 2026, los aspirantes matriculados expondrán sus planes de gestión y propuestas de desarrollo institucional ante los miembros del consejo. Posteriormente, la mesa directiva iniciará el debate interno y procederá a realizar la votación oficial.
Para que se formalice el nombramiento del nuevo directivo, las directrices vigentes exigen que:
- El candidato seleccionado obtenga una mayoría calificada de por lo menos cinco votos a favor.
- La decisión recae sobre los nueve integrantes que componen el Consejo Superior con derecho pleno a voz y voto.
El CSU aclaró, mediante la expedición de la Resolución Superior 0013 de 2026, que este ajuste de calendario no altera ni invalida ninguna de las fases previas que ya fueron ejecutadas bajo principios de transparencia y pluralidad técnica.
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