Después de que fuera derogado el Decreto 1844 del 2018, que otorgaba facultades a la Policía Nacional para enfrentar las cadenas criminales dedicados al microtráfico en espacios públicos, el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis, pide proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes.
El defensor afirma que “Es importante recordar al señor Presidente que el decreto, recientemente derogado por el Gobierno Nacional, no solo se sustenta en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, sino que en concreto el Consejo de Estado revisó su legalidad y constitucionalidad y negó la solicitud de nulidad en sentencia del 30 de abril del 2020, considerando que ese decreto, el 1844 del 2018, se ajustaba a la ley y a la Constitución”.
El anterior decreto estaba destinado, cuando fuera necesario en espacios públicos, a la aplicación de medidas correctivas en lo relacionado con la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas, así como a su debida incautación, con el fin de que fuera protegida la comunidad.
“Es incomprensible que, por sobre la protección de la niñez y la familia, se privilegie el uso del espacio público, incluidos los parques de recreación infantil, para el ejercicio de prácticas nocivas bajo el argumento del libre desarrollo de la personalidad. La obligación de protección y de educación a cargo del Estado y la sociedad no se limitan a la escuela, sino que se reflejan en las prácticas que el Estado incentiva o autoriza en los espacios públicos”, señaló el Defensor del Pueblo.
Camargo Assis recalcó que uno de los mayores problemas que afecta hoy a la niñez y la juventud es el incremento en el consumo de estupefacientes, particularmente el microtráfico, “que victimiza a las niñas y los niños no solamente por el consumo, sino por la vinculación que de ellos hacen los grupos delincuenciales, especialmente de menores de 16 años, con el ánimo de evitar o eludir la acción penal los criminales”.
“Los alcaldes son los llamados a servir como garantes en la atención y cuidado de los niños, niñas y adolescentes. No podemos olvidar que, sobre cualquier consideración, los derechos de los menores de edad son de especial protección constitucional, por lo tanto, priman sobre los derechos de los demás”, enfatizó el Defensor del Pueblo de los colombianos.
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