La Corte anuló el impuesto de la emergencia, por falta de sustento legal y las entidades recaudadoras deberán devolver lo cobrado
La Corte Constitucional anuló por el decreto que permitía al Gobierno crear nuevos impuestos para financiar la emergencia económica; esto significa que dichas medidas tributarias ya no tienen validez legal, a pesar de que dos de los magistrados presentaron aclaraciones individuales sobre su postura.
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Cabe recordar que, con la emergencia de diciembre, el Gobierno pretendía recaudar cerca de $11 billones de pesos, mediante ajustes tributarios a impuestos de licores, tabaco y patrimonio.
Esto buscaba el aumento de la tarifa del IVA de 5% a 19% debidas alicoradas, así como un incremento en el impuesto al consumo sobre estos productos, con $750 por grado de alcohol y otro de 30% adicional sobre el precio de venta al público.
Por otra parte, frente a los cigarrillos el decreto establecía un impuesto de $11.200 por cajetilla de 20 unidades. Además, los vapeadores y los cigarrillos electrónicos tendrían una tarifa de impuesto de $2.000 por mililitro de líquido, más un 30% adicional sobre el precio de venta al público.
Además, el impuesto al patrimonio para personas naturales, se establecía el valor del impuesto incrementaría progresivamente entre 0,5% y 5% para quienes, con corte al 1 de enero de 2026, tuvieran un patrimonio líquido igual o superior a $2.094 millones.

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