La Corte recordó que el Estado laico exige neutralidad en materia religiosa, incluso en los colegios
La Corte Constitucional, en Sentencia T-357 de 2024, aclara que la clase de religión en los colegios públicos de Colombia, no se puede imponer un credo particular sobre los estudiantes y deben garantizar alternativas para quienes opten por no recibir esta materia, además, garantizar que la educación religiosa que imparten sea de un carácter histórico y cultural.
Este anuncio del Tribunal se da luego de estudiar el caso de una Sara, una niña de 9 años que profesa la fe cristiana, en su colegio público, le enseñaron oraciones propias del catolicismo en la clase de religión de quinto de primaria. Su padre, le pidió a la profesora que se respetara la libertad de cultos de su hija, sin éxito.
Ante esta situación, se radicó una petición ante la rectoría del colegio, en donde se pidió que la niña fuera evaluada a través de trabajos escritos, para así no volver a entrar a esa clase. El colegio respondió formalmente, pero de manera informal se le dijo al papá que tal situación no afectará las calificaciones de la niña. Tiempo después, al recibir reporte de notas del segundo periodo de Sara, había sacado 0,0 en la materia de religión.
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Frente a esto, el papá de la menor acudió a la acción de tutela para que se protegiera su libertad de cultos, pero, al terminar ese año, la cambió de colegio a uno en el que se respetarán sus creencias.
La Corte, aclara que las instituciones oficiales tienen prohibido promocionar una fe particular. Además, la educación religiosa no debe tratar de enseñar una oración en específico o llevar a los estudiantes a una eucarística, debe estar orientada a temas de carácter histórico y cultural en torno a las religiones.
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— Hora13 Noticias (@hora13noticias) September 12, 2024