Nueva inclusión del braille en los testamentos
A través de la sentencia c-98 del 2022 se declaró inexequible o inconstitucional el artículo 1076 del código civil el cual consagraba que el testamento de las personas invidentes debía ser leído en alta voz dos veces, ahora las notarías deberán contar con sistema braille y otras herramientas audiovisuales.
Antes de que se declarara inconstitucional la ley 1076 del código civil el testamento de personas con discapacidad visual carecía de intimidad.
Esteban Manco, Docente de Derecho, menciona que: “El otorgamiento del testamento de las personas invidentes se realizaba ante dos testigos y ante el notario y a viva voz la persona con discapacidad visual lo otorgaba de manera verbal.”
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A través de la sentencia c98- del 2022 se protege la igualdad y la intimidad de las personas con discapacidad visual.
“La población invidente tendrá la posibilidad y la oportunidad en igualdad de condiciones de aquellas personas que no poseen esta discapacidad de otorgar su testamento de manera escrita, mediante el sistema braille u otros instrumentos audiovisuales para tal efecto.”, agrega Manco.
Frente a esta medida notarías deberán actualizar sus protocolos para implementar estas herramientas de accesibilidad para toda la población.
“Las notarías entonces deberán contratar expertos para que garanticen esta materialidad de la igualdad frente a toda la población invidente en Colombia.”
Según el más reciente censo realizado por el DANE (2018), casi dos millones de personas (1´948.332) sufrían de alguna discapacidad visual.
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